Real Decreto de envases y residuos de envases. Todo lo que debes saber.

Tras un largo proceso de participación, revisión y ajustes, se ha publicado el Real Decreto 1055/2022 sobre envases y residuos de envases. Esta normativa forma parte del marco de Economía Circular del país y responde a la necesidad de actualizar la legislación vigente para mejorar la gestión de estos residuos.

El decreto supone una revisión en profundidad de la Ley de Envases, que llevaba más de 20 años en vigor, y establece nuevas medidas y objetivos específicos dirigidos a productores, distribuidores, poseedores de envases y administraciones públicas. Su contenido se alinea con las exigencias europeas actuales y busca mejorar la sostenibilidad del sector.

Una de las principales novedades es la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, un principio introducido en la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados. Esto implica que las empresas que ponen envases en el mercado deberán asumir los costes de su gestión una vez convertidos en residuos, promoviendo así una mayor circularidad en su ciclo de vida.

Reducción y prevención de residuos

El decreto introduce medidas concretas para reducir la generación de residuos de envases. Establece objetivos nacionales orientativos, sin una aplicación específica por sectores o productos, siguiendo la línea de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados. Entre estos objetivos, destaca la meta de reducir en un 20% el uso de botellas de plástico de un solo uso para 2030 en comparación con los niveles de 2022.

Infografía explicativa sobre reducción y prevención de residuos

Fomento de la venta a granel

Otra medida clave es la promoción de la venta a granel en el comercio minorista de alimentación. Los establecimientos deberán ofrecer frutas y verduras frescas sin envasar, salvo en casos justificados, como aquellos productos vendidos en lotes de 1,5 kg o más, los que cuenten con certificaciones de calidad o agricultura ecológica, o los que puedan deteriorarse si no están protegidos. La lista de excepciones será concretada en una orden ministerial en los próximos meses.

Además, para incentivar la reducción de envases innecesarios, los supermercados y tiendas de alimentación con una superficie de al menos 400 metros cuadrados deberán destinar al menos un 20% de su espacio de venta a productos sin embalaje primario, ya sea mediante la venta a granel o con envases reutilizables.

A partir de julio de 2023, los organizadores de eventos culturales, deportivos y festivos también deberán garantizar alternativas a los envases y vasos de un solo uso, así como facilitar el acceso a agua potable sin envasar.

Mayor impulso a la reutilización

El decreto también promueve el uso de envases reutilizables, especialmente en el sector de la alimentación y bebidas. Se establece la obligación de que los comercios minoristas permitan a los consumidores llevar sus propios recipientes reutilizables, siempre que estén en condiciones higiénicas adecuadas. Sin embargo, los comerciantes podrán rechazar aquellos recipientes que estén sucios o no sean aptos, y no serán responsables de los posibles problemas de seguridad alimentaria que pudieran derivarse de su uso.

Además, los comercios deberán incluir en su oferta un número determinado de bebidas en envases reutilizables, con plazos que varían entre 2025 y 2027 según el tamaño del establecimiento. De este modo, se busca consolidar la reutilización en el ámbito doméstico y aprovechar los sistemas ya implantados en el canal HORECA y en la distribución logística inversa.

El decreto también refuerza los sistemas de depósito, devolución y retorno para garantizar la recuperación de los envases reutilizables, con algunas excepciones cuando el derecho de uso se cede, una práctica ya habitual en ciertos sectores.

Reciclaje y etiquetado de envases

Siguiendo las directrices europeas, el decreto impulsa la incorporación de materiales reciclados en la fabricación de nuevos envases. Se establecen porcentajes recomendados de plástico reciclado que los productores deberán intentar alcanzar para 2025 y 2030, aunque estos no son obligatorios, salvo en el caso de las botellas de plástico de un solo uso, donde sí existe un mandato comunitario vinculante.

Por otro lado, se introducen requisitos de marcado para facilitar el reciclaje. A partir del 1 de enero de 2025, los envases deberán incluir información clara sobre el contenedor en el que deben ser depositados. Aunque ya existen empresas que han implementado este sistema voluntariamente, la norma hará que esta práctica sea obligatoria. Sin embargo, no se ha definido un símbolo concreto para este marcado, dejando margen a los productores para elegir el diseño que consideren adecuado.

Asimismo, el decreto prohíbe el uso de términos engañosos como «respetuoso con el medio ambiente» en los envases, evitando así confusiones que puedan llevar al abandono de residuos en el entorno. De este modo, se pretende ayudar a los consumidores a gestionar adecuadamente los residuos y reforzar los hábitos de reciclaje en origen.

Botella de plástico con etiquetado normativo

Y es por todo lo anterior que, en el marco de nuestra responsabilidad como empresa dedicada a la gestión de residuos, Recuperaciones La Cañada se adhiere a Genci con el fin de dar la respuesta adecuada al compromiso que requiere el citado Real Decreto.

¿Qué hace GENCI?
  • Cumplir con las obligaciones medioambientales de manera colectiva. 
  • Ayudar a las empresas a cumplir con la normativa legal en materia de RAP de sus envases. 
  • Trazar el flujo de los residuos de envases. 
  • Gestionar los residuos de envases de uso profesional. 
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